Según se define en el Ciberseguro Generali Ciberseguridad: cualquier persona física que preste sus servicio retribuídos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del Asegurado en virtud de un contrato de trabajo formal o implícito. Esta definición abarcará también al presonsal externo contratado por el Asegurado para prestar servicios TIC que se encuentre trabajando dentro de la estructura operacional y bajo la autoridad funcional del Asegurado. Se excluyen expresamente a los administradores y directivos.

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